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Temas de esta sección: l Más vale vacunar l Día Internacional del Perro de Búsqueda l Nueva Ley para Mascotas l Inseminación Artificial l Cálculos en la Vejiga l La reproducción canina l Vacunación Irresponsable l Diabetes Mellitus Cuidado con el Moquillo canino
El moquillo canino se presenta con frecuencia en perros jóvenes que no están vacunados, así como en los más viejos que no se han vacunado regularmente. Es una enfermedad de fácil transmisión que resulta complicada debido a la infección secundaria severa que genera. Los síntomas más comunes son ojos rojos y moqueo. Al principio parece que los perros tuvieran únicamente frío, pero a medida que transcurre el tiempo y la enfermedad, empeoran. La falta de apetito, el vómito, la diarrea y los desórdenes respiratorios y nerviosos son signos del moquillo.
El moquillo es un virus del tipo RNA, cuyo contagio puede darse por inhalación a través de la nariz y la garganta y llega a atacar los nodos linfáticos. Cualquier excremento o secreción (estornudo) de un animal infectado contiene el virus. También puede ser transportado en la ropa, los zapatos y en el momento en que su perro se acerque a ellos se infectará. En los casos más leves el perro sólo parece perder temporalmente el apetito y tener algo de fiebre, una pequeña mucosidad en la nariz y los ojos, algo de tos y una diarrea discreta, como estos síntomas también cursan con otras enfermedades se hace difícil el diagnóstico temprano del moquillo. En los cachorros es muy común que aparezcan pústulas de la piel del vientre llenas de pus; si enferman mientras están cambiando los dientes y sobreviven, tendrán puntos o manchas permanentes en la dentición definitiva. No hay un medicamento conocido que destruya el virus, una vez que cursa la enfermedad lo que se hace es tratar las enfermedades secundarias que aparecen como consecuencia del moquillo, por ejemplo se recetan antibióticos para los males respiratorios, sustitución de líquidos para la diarrea, etc. Desafortunadamente entre el 50 y el 80% de los perros infectados mueren, mientras que los que sobrevivan tendrán daños permanentesen su sistema nervioso o sufrirán algún tipo de parálisis el resto de sus vidas. Algunos perros parecen recuperarse pero al poco tiempo recaen. Una mejoría total tarda más dedos meses, durante el cual el animal excreta el virus activo (contagia a otros animales), una vez curado no será más un transmisor. Además la vacuna es un medicamento que tiene unas condiciones estrictas de conservación y almacenamiento, que de no cumplirse, pueden inactivar sus propiedades haciendo inútil la aplicación de la misma y por ende dejando a su perro totalmente desprotegido ante la enfermedad.
26 de Abril Día Internacional del Perro Búsqueda
A pesar de todos los avances tecnológicos y científicos, de los GPS, las imágenes satelitales y los robots, los perros de búsqueda y rescate siguen siendo una de las mejores herramientas de los equipos SAR (Servicio de Búsqueda y Salvamento), salvando la vida de cientos de personas cada año. Si bien no existe una raza única para la búsqueda y rescate, tampoco cualquier perro es útil para esta actividad. En primer lugar tiene que ser lo suficientemente ágil y resistente como para soportar las dificultades propias de los trabajos que realiza. Por esto, pequineses, malteses y otros perros pequeños no suelen ser utilizados en estas labores, prefiriéndose las razas más grandes. No deben ser tan grandes como para que su tamaño dificulte aún más las tareas de rescate. Un perro muy grande puede representar una dificultad importante cuando es necesario hacerlo descender en rapel o cuando hay que trasladarlo en helicópteros y botes pequeños. Los perros de búsqueda y rescate también deben tener una motivación excepcional para realizar búsquedas prolongadas aún en las condiciones más desfavorables. Es por esto que se prefieren aquellos perros que tienen un impulso de presa muy desarrollado.
Por último, pero no menos importante, todo perro de búsqueda y rescate tiene que estar perfectamente socializado con la gente y con otros animales. También tendrá que estar acostumbrado a situaciones estresantes, como la presencia de mucha gente alrededor, explosiones, gritos, etc. En definitiva, cualquier perro puede ser utilizado para búsqueda y rescate siempre que cumpla con los requisitos anteriores y haya recibido un adiestramiento de alto nivel. Especialidades de los perros de búsqueda y rescate En la actualidad, los perros de búsqueda y rescate se pueden clasificar en diferentes grupos según las tareas en las que sean especialistas. Los dos grupos principales corresponden a los perros de rastreo y los perros de venteo. Los perros de rastreo, como su nombre lo indica, siguen el rastro de una persona desde un punto A hasta un punto B. Estos perros necesitan un punto de partida y alguna prenda no contaminada de la persona que van a buscar. Se utilizan para encontrar personas perdidas y también pueden utilizarse para encontrar prófugos, aunque en este último caso suelen ser perros policía y no perros de equipos SAR. Los perros de venteo son los que buscan el olor humano que se encuentra en el aire, sin seguir a una persona en particular. Son especialistas en encontrar personas enterradas por derrumbes, personas enterradas por avalanchas, cadáveres de personas ahogadas, evidencias humanas en escenas de crímenes, etc. Fuente deperros.org
Nueva Ley para Mascotas
El pasado 4 de enero fue publicada en Gaceta Oficial Nº 39.338 la nueva Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio, con las normas que regirán la protección, tenencia, manejo, uso y comercialización de la fauna doméstica, en nuestro caso nos concentraremos en lo que respecta a las mascotas. Esta normativa establece responsabilidades, sanciones y penalizaciones para aquellos que la incumplan, por lo que es importante que los dueños de mascotas sepan de este nuevo instrumento legal. En esta nota les traemos un resumen de la misma. Los invitamos a analizarla y dejar sus opiniones en el blog mascotasoriente.blogspot.com o hacerle llegar sus inquietudes a las autoridades correspondientes. Entre los aspectos que mas resaltan está el que los dueños o los que ejerzan la tenencia de mascotas están obligados a brindarles el cuidado, protección, alimentación y medidas sanitarias adecuadas a su especie y raza, y serán responsables de daños por impericia o negligencia que causen sus animales a terceros y a sus bienes, así como de evitar eventos que puedan perturbar la tranquilidad ciudadana. También están en la obligación de retirar los desechos de sus mascotas de la vía pública, parques y demás y son responsables de su disposición final. Los animales deberán ser registrados ante la autoridad municipal correspondiente a su lugar de residencia, reservándose la autoridad la capacidad de prohibir o restringir la propiedad o tenencia de animales que puedan considerarse riesgosos. Con respecto a esto se restringe desde ya la propiedad y tenencia de Pitbulls, Terrier Americano, Bull Terrier Staffordshire, Terrier Americano Staffordshire y sus mestizajes y aquellos que los posean deberán tenerlos en cautividad, cumplir con los requisitos sanitarios correspondientes y adoptar medidas de aseguramiento necesario para evitar el escape de los mismos. Tanbién queda prohibida la importación, adopción, reproducción, cría y comercialización de estos ejemplares y a partir del 31 de diciembre del 2014 queda expresamente prohibida su propiedad y tenencia. Se prohíbe específicamente: abandonar en la vía pública animales vivos o muertos, maltratarlos, agredirlos o causarles practicas que les ocasionen, sufrimiento, dolor o muerte; practicarles mutilaciones, usarlos como blanco de tiro, castrarlos sin anestesia, mantenerlos en condiciones de hacinamiento. También se prohíben estrictamente todas las actividades de peleas de perros, con sanciones severas para los que incurran en ellas. Se penalizara a los dueños que descuiden el albergue de su mascota, así como condiciones de movilidad y sanitarias que atenten con las condiciones óptimas del animal. Queda prohibida la permanencia de la fauna doméstica en áreas de uso común de los inmuebles, así como oficinas y transporte público, excepto para los de seguridad del Estado y de asistencia. Sólo podrán circular en estas áreas acompañados de sus dueños y con sus correspondientes correas, arneses y/o bozales de acuerdo a la especie, raza o variedad. Los animales que circulen sin dueño podrán ser retenidos por las autoridades municipales, que pasados los 3 días podrán disponer del animal según sus regulaciones. Los animales declarados en estado de abandono deberán ser confinados en sitios manejados o autorizados por la instancia municipal correspondiente. Sobre el sacrificio sin dolor, este solo debe ser aplicado por un Médico Veterinario o una persona supervisada por este y bajo ninguna circunstancia se permitirá que los niños y adolescentes presencien el acto. También podrá aplicarse en caso desituaciones como control poblacional, amenaza a la salud pública o a la integridad de las personas. Se establecen tres tipos de sanciones, leves, graves y muy graves. Las infracciones leves serán penadas con multas que oscilan de 20 a 39 UT (Unidades Tributarias), como no recoger los desechos del animal, el maltrato aunque no cause dolor, venta o donación sin las medidas sanitarias pertinentes, tener animales no registrados, mantener animales en espacios no adecuados. Las infracciones graves serán sancionadas con multas que van de 40 a 70 UT, y son consideradas graves, entre otras: el maltrato que ocasione dolor o lesiones, actos de crueldad y la práctica de mutilaciones que no sean por el propio beneficio de la salud del animal. El abandono así como mantenerlo en condiciones higiénicas y sanitarias inade-cuadas, alimentación inadecuada o insuficiente de acuerdo a su especie o raza, trabajos que originen inmovilización, daño o dolor; la ausencia de la vacuna pertinente, el incumplimiento en la aplicación de tratamientos médicos prescritos por un Médico Veterinario, venta de animales enfermos. También la evaluación, control sanitario, prescripción o aplicación de tratamientos médicos y realización de cirugías por personas sin acreditación como Médicos Veterinarios o supervisados por estos. Las infracciones muy graves acarrearan multas que van desde las 71 a 100 UT, entre estas están: maltrato que ocasione la muerte,organización y celebración de pelas de perros, esterilización o sacrificio sin dolor de animales sin Existen otras sanciones que pueden ser aplicadas de acuerdo a lo que estimen las autoridades, como por ejemplo, decomiso de los ejemplares, cierre de establecimientos, decomiso de instalaciones y equipos o instrumentos, trabajos comunales y cualquier otra medida que determine la autoridad competente, que pueda evitar, corregir o reparar el daño causado. La Ley establece un plazo de 180 días desde su publicación para su aplicación y registro de los animales por parte de sus dueños, una vez transcurrido este período, las autoridades podrán ejecutar las medidas que consideren necesarias, decomisos, sanciones, penalizaciones y otras contempladas en esta ley.
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